Con entrada en vigor 12-10-2016, se
modifica la normativa que rige la declaración-resumen anual, modelo 390.
La finalidad de esta modificación es la de aclarar la aplicación de la exoneración
de la obligación de presentar, de aquellos sujetos pasivos autorizados por
la normativa. Así, para las declaraciones que se deben presentar por el año
2016, la exoneración pierde su carácter opcional, y pasa a ser imperativo
que los sujetos pasivos cumplimenten el apartado específico reservado, que se
requiere en la autoliquidación del IVA correspondiente al último periodo de
liquidación del ejercicio. Los sujetos pasivos exonerados de presentar el
modelo 390 deben de forma imperativa, cumplimentar el apartado específico
habilitado en la última autoliquidación del año.