lunes, 25 de septiembre de 2017

INSPECCION IS CORRELACION INGRESOS GASTOS



En una inspección se regulariza la situación de un contribuyente por no haber aplicado correctamente las normas contables para la determinación del resultado contable. Así, considera que parte de los gastos no corresponden al período, pero los ingresos contabilizados de forma anticipada con un critrio de tesorería frente a uno de devengo (realmente se trata de anticipos de clientes) se mantienen para la determinación de la base imponible, al aplicar la regulación prevista sobre la imputación en caso de error contable en el registro de ingresos y gastos (actualmente LIS art.11.3). El contribuyente no está conforme, al entender que también debería haberse aplicado el principio de devengo a los ingresos y por tanto haber obtenido un resultado contable inferior, por lo que recurre. La Audiencia Nacional da la razón al contribuyente en base a los siguientes argumentos: - La excepción a la regla general de imputación según el principio de devengo prevista para los supuestos de contabilización de gastos e ingresos en ejercicios distintos al de su devengo está establecida en defensa, no en beneficio de la Administración. - Esta excepción no puede interpretarse de forma que permita a la Hacienda Pública aplicar dos criterios diferentes de forma global a la totalidad de los ingresos y los gastos de un determinado ejercicio. De ser así, se distorsiona el resultado en beneficio de la Hacienda Pública y supone una lesión de los principios de capacidad económica y de objetividad que debe regir las actuaciones de la Administración tributaria.