martes, 13 de octubre de 2015

EMPRESA PAGA SEGURO MEDICO



Seguros de enfermedad satisfechos por la empresa. Para que las primas satisfechas por la empresa se consideren rendimientos del trabajo en especie para el trabajador, tales primas deben haber sido pactadas con este último ya sea en el convenio colectivo o en el propio contrato de trabajo. En caso contrario, la empresa únicamente realiza una simple mediación de pago, constituyendo las primas satisfechas una aplicación de los rendimientos del trabajo dinerarios.
Con carácter general, las primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedades del trabajador, su cónyuge y sus descendientes se consideran rendimientos del trabajo en especie, exentos del IRPF, siempre que tales primas no excedan de 500 euros anuales por cada una de las anteriores personas, y constituyendo el exceso una retribución en especie no exenta del impuesto ( LIRPF art.42.3.c redacc L 26/2014). Los rendimientos del trabajo en especie deben distinguirse de aquellos otros supuestos en los que se produce una simple mediación de pago por parte de la empresa respecto de gastos efectuados por el empleado; es decir, supuestos en que la empresa se limita a abonar una cantidad por cuenta y orden del empleado. En estos casos, la contraprestación exigible por el trabajador a la empresa no consiste en la utilización, consumo u obtención de bienes, derechos o servicios, sino que se trata de una contraprestación dineraria que la empresa tiene la obligación de satisfacer, si bien en virtud del mandato realizado por el empleado, el pago se realiza a un tercero señalado por este. Es decir, que el trabajador destina parte de sus retribuciones dinerarias a la adquisición de determinados bienes, derechos o servicios, pero el pago de los mismos se realiza directamente por el empleador. En este caso, las cantidades abonadas por la empresa a un tercero no son rendimientos del trabajo en especie para el trabajador, sino que se trata de una aplicación de los rendimientos del trabajo dinerarios.